lunes, 27 de junio de 2016

Denegación de modificaciones a jornadas reducidas existentes

Recientemente nos habéis comunicado y la dirección, la negativa de la empresa a que compañeros que se encuentran con una reducción de jornada puedan retornar a su jornada completa.

Desde Relaciones Laborales se acusa de “finalidad interesada” a estos trabajadores que están solicitando volver a su jornada ordinaria cuando únicamente están haciendo valer sus derechos recogidos el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.

Todo trabajador, tienen derecho a solicitar, interrumpir, reanudar y modificar su jornada reducida cuando sea necesario, mientras la situación que permita ejercer ese derecho se mantenga y siempre que se avise a la empresa de ese cambio con una antelación mínima de 15 días.

Hemos consultados con nuestros asesores y os informamos que, en los casos en los que la empresa deniega cambios o variaciones en reducciones de jornada en vigor, la única respuesta legal posible es la demanda individual ante el Juzgado de lo Social. Esta demanda ha de presentarse en un plazo de 20 días desde la comunicación de la denegación por la dirección.

El procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente. El acto de la vista habrá de señalarse dentro de los 5 días siguientes al de la admisión de la demanda. La sentencia, que será firme, deberá ser dictada en el plazo de 3 días” (Art. 138bis, Ley de Procedimiento Laboral).

Por lo que si estáis interesados en defender vuestros derechos, os aconsejamos que lo hagáis lo antes posible para que el plazo no prescriba, tanto si sois miembros de algún sindicato como si no.

Nos parece inadmisible la total ausencia de comunicación con el Comité de Empresa, así como la manera de justificar el uso de un derecho con un abuso y de esta manera se lo hemos traslado mediante el siguiente comunicado 

Las secciones sindicales de USO y CCOO se han mostrado siempre dialogantes pero la dirección parece buscar situaciones de conflicto y crear tensiones en lugar de resolver problemas.